II.T.343 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
DEMANDA LABORAL. SI CARECE DE FIRMA, PERO A ELLA SE ADJUNTÓ CARTA PODER SUSCRITA POR EL TRABAJADOR, SU APODERADO Y DOS TESTIGOS, AQUÉLLA ES VÁLIDA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIX, Marzo de 2009; Pág. 2739
Si la demanda laboral carece de firma pero se le adjuntó carta poder suscrita por el trabajador, el apoderado y dos testigos de asistencia, es válida por revelar la voluntad del trabajador de instar al órgano jurisdiccional, pues la carta poder es parte integrante de la demanda y ambos documentos se encuentran ligados constituyendo un todo, lo que obliga a su análisis integral armonizando todos los datos contenidos en ellos a fin de precisar su verdadero sentido.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 702/2008. Jesús José Adame Villa. 28 de enero de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Guzmán Barrera. Secretaria: Griselda Arana Contreras.
Nota:
Por instrucciones del Tribunal Colegiado de Circuito, esta tesis se publicó nuevamente con la modificación en el precedente que el propio tribunal ordenó, para quedar como aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro X, Tomo 3, julio de 2012, página 1833, de rubro: "
DEMANDA LABORAL. SI CARECE DE FIRMA, PERO A ELLA SE ADJUNTÓ CARTA PODER SUSCRITA POR EL TRABAJADOR, SU APODERADO Y DOS TESTIGOS, AQUÉLLA ES VÁLIDA
."
Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la
contradicción de tesis 216/2012
, de la que derivó la tesis jurisprudencial 2a./J. 127/2012 (10a.) de rubro: "
DEMANDA LABORAL. FORMA DE SUBSANAR LA OMISIÓN DEL TRABAJADOR O DE SU APODERADO DE FIRMARLA
."