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2a. LIV/99 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

CONFESIÓN EN JUICIOS LABORALES, A CARGO DE PERSONAS QUE PARA LA FECHA DEL DESAHOGO YA NO DESEMPEÑEN FUNCIONES DE DIRECCIÓN O ADMINISTRACIÓN PARA EL PATRÓN. ES UN TESTIMONIO PARA HECHOS PROPIOS, QUE DEBE SER VALORADO COMO TAL.

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Abril de 1999; Pág. 207

Precedentes

Contradicción de tesis 21/98. Entre las sustentadas por el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, el Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito y el antes Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, ahora Primero en Materia Civil del mismo circuito. 19 de marzo de 1999. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Armando Cortés Galván. Nota: Esta tesis no constituye jurisprudencia pues no trata el tema de la contradicción que se resolvió.

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