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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Esta tesis no constituye jurisprudencia, ya que no resuelve el tema de la contradicción planteada.

2a. LXIX/2008Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común
Registro digital (IUS)
169712
Clave de tesis
2a. LXIX/2008
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Mayo de 2008; Pág. 226

CONTRADICCIÓN DE TESIS. EL TEMA DE LA PROBABLE DIVERGENCIA DE CRITERIOS, PRECISADO EN LA DENUNCIA RELATIVA, NO VINCULA AL TRIBUNAL EN PLENO O A LAS SALAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PARA QUE SU ANÁLISIS SE LIMITE A ESE PUNTO JURÍDICO ESPECÍFICO.

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Mayo de 2008; Pág. 226

Precedentes

Contradicción de tesis 32/2008-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Tercero, ambos en Materia Administrativa del Segundo Circuito. 7 de mayo de 2008. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Rómulo Amadeo Figueroa Salmorán. Nota: Esta tesis no constituye jurisprudencia, ya que no resuelve el tema de la contradicción planteada.

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