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XXI.2o.P.A.72 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. NO TIENEN TAL CARÁCTER LAS DEPENDENCIAS SEÑALADAS COMO RESPONSABLES, CUANDO SE DEMANDA LA ORDEN DE INVASIÓN Y DESPOJO DE UN TERRENO COMUNAL CUYOS DERECHOS FUERON CEDIDOS A SU FAVOR POR EL PLENO DE LA ASAMBLEA DE COMUNEROS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Abril de 2008; Pág. 2311

Precedentes

Amparo en revisión 306/2007. Nehemías Návez Quiroz. 29 de noviembre de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Zeus Hernández Zamora, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: Guadalupe Juárez Martínez. Amparo en revisión 404/2007. Santiago Oliberio Quiroz Briceño. 17 de enero de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Rafael Aragón. Secretaria: Ma. Guadalupe Gutiérrez Pessina. Nota: Por ejecutoria del 2 de marzo de 2016, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 471/2013 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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