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2a./J. 159/2015 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Común

RECURSO DE INCONFORMIDAD EN AMPARO DIRECTO. LA AUTORIDAD RESPONSABLE ESTÁ LEGITIMADA PARA PROMOVERLO CONTRA LAS MULTAS QUE SE LE IMPUSIERON DURANTE EL PROCEDIMIENTO PARA OBTENER EL CUMPLIMIENTO DE LA EJECUTORIA DE AMPARO.

[J]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 25, Diciembre de 2015; Tomo I ; Pág. 288

Precedentes

Queja 71/2015. Presidenta de la Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje. 28 de octubre de 2015. Cinco votos de los Ministros Eduardo Medina Mora I., Juan N. Silva Meza, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Alberto Pérez Dayán. Ponente: Eduardo Medina Mora I. Secretario: Miguel Ángel Burguete García. Queja 70/2015. María Guadalupe Olivares Hernández, en su carácter de Presidenta de la Junta Especial Número Nueve de la Federal de Conciliación y Arbitraje. 28 de octubre de 2015. Cinco votos de los Ministros Eduardo Medina Mora I., Juan N. Silva Meza, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Alberto Pérez Dayán. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretario: Jorge Antonio Medina Gaona. Queja 91/2015. Claudia Perera Carrillo, Presidenta de la Junta Especial Número Nueve Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje. 28 de octubre de 2015. Cinco votos de los Ministros Eduardo Medina Mora I., Juan N. Silva Meza, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Alberto Pérez Dayán. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretario: Jorge Antonio Medina Gaona. Queja 76/2015. Juan Manuel Mena Sánchez, en su carácter de Presidente de la Junta Especial Número Doce de la Federal de Conciliación y Arbitraje. 28 de octubre de 2015. Cinco votos de los Ministros Eduardo Medina Mora I., Juan N. Silva Meza, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Alberto Pérez Dayán. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretario: Alfredo Villeda Ayala. Queja 78/2015. Presidenta de la Junta Especial Número Catorce Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje. 4 de noviembre de 2015. Cinco votos de los Ministros Eduardo Medina Mora I., Juan N. Silva Meza, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Alberto Pérez Dayán. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: Diego Alejandro Ramírez Velázquez. Tesis de jurisprudencia 159/2015 (10a.) Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veinticinco de noviembre de dos mil quince. Nota: En relación con el alcance de la presente tesis, destaca la diversa jurisprudencial P./J. 5/2020 (10a.), del Pleno de este Alto Tribunal, cuyo rubro y datos de localización son: “RECURSO DE QUEJA. ES PROCEDENTE CONTRA EL ACUERDO DICTADO POR EL JUEZ DE DISTRITO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, MEDIANTE EL CUAL IMPONE MULTA A LA AUTORIDAD POR NO ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO DE LA EJECUTORIA, Y NO EL DIVERSO DE INCONFORMIDAD.”, publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 79, octubre de 2020, Tomo I, página 21, con número de registro digital 2022221. ________________ Nota: (*) La tesis de jurisprudencia P./J. 58/2014 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 14 de noviembre de 2014 a las 9:20 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 12, Tomo I, noviembre de 2014, página 11, con el título y subtítulo: "CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS DE AMPARO. SUPUESTOS EN LOS CUALES SE ACTUALIZA UN RETRASO CON MOTIVO DE LAS EVASIVAS O PROCEDIMIENTOS ILEGALES DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE Y/O VINCULADA AL CUMPLIMIENTO, QUE JUSTIFICA IMPONER A ÉSTAS UNA MULTA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 193 DE LA LEY DE AMPARO (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE ABRIL DE 2013)." (**) La tesis de jurisprudencia P./J. 60/2014 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 14 de noviembre de 2014 a las 9:20 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 12, Tomo I, noviembre de 2014, página 7, con el título y subtítulo: "CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS DE AMPARO. PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN LOS CASOS EN QUE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES Y/O VINCULADAS AL CUMPLIMIENTO LO REALICEN DE MANERA EXTEMPORÁNEA (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE ABRIL DE 2013)." (***) La tesis de jurisprudencia P./J. 56/2014 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 14 de noviembre de 2014 a las 9:20 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 12, Tomo I, noviembre de 2014, página 13, con el título y subtítulo: "CUMPLIMIENTO EXTEMPORÁNEO DE LA SENTENCIA DE AMPARO."

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