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I.7o.A.557 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

RECONOCIMIENTO ADUANERO DE MERCANCÍAS. EL ACTA DE MUESTREO LEVANTADA CUANDO AQUÉLLAS SEAN DE DIFÍCIL IDENTIFICACIÓN NO ES UN ACTO DE MOLESTIA Y, POR TANTO, NO ES EXIGIBLE QUE CUMPLA CON LAS GARANTÍAS DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 16 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Marzo de 2008; Pág. 1807

Precedentes

Revisión fiscal 279/2007. Administradora de lo Contencioso "4" de la Administración Central de lo Contencioso de la Administración General Jurídica del Servicio de Administración Tributaria, unidad administrativa encargada de la defensa jurídica del Secretario de Hacienda y Crédito Público, del Jefe del Servicio de Administración Tributaria y de las autoridades demandadas. 6 de febrero de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretaria: Irma Gómez Rodríguez. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 132/2008-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 144/2008, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVIII, octubre de 2008, página 438, con el rubro: " ACTA DE MUESTREO. LA AUTORIDAD ADUANERA DEBE SEÑALAR EN ELLA EL PRECEPTO LEGAL EN QUE FUNDA SU COMPETENCIA TERRITORIAL, CITANDO EL APARTADO, FRACCIÓN, INCISO O SUBINCISO, Y EN CASO DE QUE NO LOS CONTENGA, SI SE TRATA DE UNA NORMA COMPLEJA, HABRÁ DE TRANSCRIBIR LA PARTE CORRESPONDIENTE ."

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