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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: La jurisprudencia 2a./J. 195/2007 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVI, octubre de 2007, página 243. Por ejecutoria del 26 de febrero de 2014, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 7/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

I.15o.A.33 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
170085
Clave de tesis
I.15o.A.33 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Marzo de 2008; Pág. 1759

FIRMA AUTÓGRAFA DEL ACTO RECLAMADO. LA CARGA DE LA PRUEBA EN EL JUICIO DE AMPARO CORRESPONDE A LA AUTORIDAD QUE LO EMITIÓ Y AFIRMA QUE LA CONTIENE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Marzo de 2008; Pág. 1759

Precedentes

Amparo en revisión 463/2007. Chiquibeat, S.C. y Director General Jurídico y de Gobierno en la Delegación Álvaro Obregón del Gobierno del Distrito Federal. 23 de enero de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Armando Cortés Galván. Secretario: José Álvaro Vargas Ornelas. Nota: La jurisprudencia 2a./J. 195/2007 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVI, octubre de 2007, página 243. Por ejecutoria del 26 de febrero de 2014, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 7/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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