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2a./J. 200/2007 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

INCONFORMIDAD. NO ES OBLIGATORIO AGOTAR LA ESTABLECIDA EN LOS ARTÍCULOS 56, 57 Y 90 DEL REGLAMENTO DE ESCALAFÓN DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, ANTES DE ACUDIR ANTE LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVI, Octubre de 2007; Pág. 244

Precedentes

Contradicción de tesis 193/2007-SS. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito y el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito. 10 de octubre de 2007. Cinco votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretario: Arnulfo Moreno Flores. Tesis de jurisprudencia 200/2007. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del diecisiete de octubre de dos mil siete. Nota: Por ejecutoria de fecha 5 de enero de 2010, el Tribunal Pleno declaró inexistente la contradicción de tesis 45/2007-PL en que participó el presente criterio.