I.7o.C.97 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
ACCIONES. ACREEDOR PRENDARIO. SU INTERÉS PARA SOLICITAR, COMO MEDIDA PRECAUTORIA, LA SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LAS RESOLUCIONES TOMADAS EN LA ASAMBLEA DE ACCIONISTAS DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL, DERIVA DE LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 111 DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES Y 338 DE LA LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVI, Septiembre de 2007; Pág. 2475
Conforme a los artículos
201 y 202 de la Ley General de Sociedades Mercantiles
, los accionistas que representen el treinta y tres por ciento del capital social podrán oponerse judicialmente a las resoluciones de las asambleas generales y solicitar, precautoriamente, la suspensión de su ejecución. Ahora, las medidas provisionales o precautorias tienen como objeto primordial conservar la materia sobre la que se juzgará en juicio para así, asegurar la eficacia de la sentencia que se dicte en lo principal, por tanto, el juzgador, para decidir sobre su procedencia, sólo debe partir de un principio de prueba que justifique el interés del solicitante. Luego, un acreedor prendario cuya garantía está constituida por acciones que representan por lo menos el treinta y tres por ciento del capital social de una sociedad mercantil, demuestra su interés para solicitar la medida suspensional, con la tenencia material de las acciones, pues ello presume derechos de socio en su favor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
111
de la mencionada Ley de Sociedades Mercantiles, así como con la obligación que a dicho acreedor le impone el artículo
338 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
, en el sentido de guardar y conservar los bienes o títulos dados en prenda, pues es evidente que al tener el deber de preservar los bienes pignorados, tiene presumiblemente interés en evitar la ejecución de resoluciones que los menoscaben.
SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 197/2007. Javier Quijano Baz y otras. 15 de agosto de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretaria: Alicia Ramírez Ricárdez.