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V.1o.C.T.88 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE EN MATERIA LABORAL. POR SER IMPERATIVA PARA LOS JUZGADORES DE AMPARO, SU OBSERVANCIA NO QUEDA A OPCIÓN DEL TRABAJADOR QUEJOSO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVI, Julio de 2007; Pág. 2715

Precedentes

Amparo directo 403/2006. Abraham Rodrigo Cabrera Barbeitia. 11 de enero de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Eugenio Gustavo Núñez Rivera. Secretaria: María del Socorro Arguijo Cortez.