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1a./J. 23/2007Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

RECLAMACIÓN. LOS AGRAVIOS QUE CONTROVIERTEN UNA RESOLUCIÓN DIVERSA AL ACUERDO RECURRIDO DEBEN DECLARARSE INOPERANTES.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Marzo de 2007; Pág. 237

Precedentes

Reclamación 319/2005-PL. Elizabeth Aldonzi Murrieta. 30 de noviembre de 2005. Cinco votos. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretaria: Leticia Flores Díaz. Reclamación 126/2006-PL. Javier Moreno Gómez. 31 de mayo de 2006. Cinco votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretario: Gustavo Ruiz Padilla. Reclamación 202/2006-PL. Rodolfo Lara Gómez. 9 de agosto de 2006. Cinco votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Jaime Flores Cruz. Reclamación 246/2006-PL. Jorge Alberto Gamboa Martínez o Jorge Alberto García Gamboa o Jorge Gamboa Martínez. 20 de septiembre de 2006. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretario: Juan Carlos de la Barrera Vite. Reclamación 314/2006-PL. Daniel Robles Torres. 15 de noviembre de 2006. Cinco votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Lorena Goslinga Remírez. Tesis de jurisprudencia 23/2007. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de catorce de febrero de dos mil siete.

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