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VIII.1o.84 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

AMPARO DIRECTO. ES IMPROCEDENTE EL QUE SE HACE VALER ALEGANDO VIOLACIONES DE FONDO CONTRA LA RESOLUCIÓN DICTADA POR UN TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN LA QUE DEJA INSUBSISTENTE LA SENTENCIA IMPUGNADA A TRAVÉS DE UN RECURSO DE REVISIÓN FISCAL Y ORDENA A LA SALA LA EMISIÓN DE UNA NUEVA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Febrero de 2007; Pág. 1612

Precedentes

Amparo directo 521/2006. Scott Anthony Wick. 26 de octubre de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Arroyo Montero. Secretario: Jacinto Faya Rodríguez. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 132/2007-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 144/2007, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVI, agosto de 2007, página 367, con el rubro: " AMPARO DIRECTO. ES IMPROCEDENTE POR CESACIÓN DE EFECTOS DEL ACTO RECLAMADO SI EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO, AL CONOCER DE LA REVISIÓN FISCAL, REVOCA LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA ."

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