Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
IV.2o.A.183 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

NEGATIVA FICTA. LA IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE NULIDAD POR CONSENTIMIENTO TÁCITO DEL ACTO, NO PROCEDE TRATÁNDOSE DE ESE TIPO DE RESOLUCIONES PRESUNTAS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Octubre de 2006; Pág. 1407

Precedentes

Amparo directo 104/2006. Transporte Urbano del Pilón, S.C. 17 de agosto de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: José Carlos Rodríguez Navarro. Secretario: Edmundo Adame Pérez. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 169/2006-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 164/2006, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIV, diciembre de 2006, página 204, con el rubro: " NEGATIVA FICTA. LA DEMANDA DE NULIDAD EN SU CONTRA PUEDE PRESENTARSE EN CUALQUIER TIEMPO POSTERIOR A SU CONFIGURACIÓN, MIENTRAS NO SE NOTIFIQUE AL ADMINISTRADO LA RESOLUCIÓN EXPRESA (LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA PARA EL ESTADO DE NUEVO LEÓN) ."

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia administrativa