I.6o.T.296 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
PUESTOS. LA ACCIÓN PARA LA OBTENCIÓN DE UNO QUE NO EXISTE EN EL TABULADOR DE LA PATRONAL ES DE CARÁCTER COLECTIVO, POR LO QUE CORRESPONDE EJERCITARLA AL SINDICATO TITULAR DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Julio de 2006; Pág. 1324
La acción ejercitada por un trabajador para la obtención de un puesto que no existe en el tabulador de la patronal implica la creación de una plaza y, por ende, la modificación de la estructura interna de la empresa; por tanto, al ser dicha acción de carácter colectivo corresponde ejercitarla al sindicato titular del contrato colectivo de trabajo, a fin de que su creación beneficie no sólo a un trabajador, sino a todos aquellos que en el futuro aspiren al puesto indicado.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 2076/2006. Daniel Espejel Zarco. 16 de marzo de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Elia Adriana Bazán Castañeda.