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I.9o.P.55 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

SECUESTRO. LA PENA IMPUESTA POR ESTE DELITO AL SENTENCIADO POR LA ACTUALIZACIÓN DE UNA CALIFICATIVA DISTINTA A LA QUE SE ACREDITÓ EN EL PROCESO PENAL INSTAURADO EN SU CONTRA, INFRINGE EN SU PERJUICIO LAS GARANTÍAS DE SEGURIDAD JURÍDICA Y EXACTA APLICACIÓN DE LA LEY PENAL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Mayo de 2006; Pág. 1877

Precedentes

Amparo directo 3179/2005. 13 de enero de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Lilia Mónica López Benítez. Secretaria: Lorena Lima Redondo. Nota: La tesis que aparece en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIII, marzo de 2006, página 2113, se publica nuevamente sin la nota que se había incorporado erróneamente y que refiere que el criterio contenido en ella no es obligatorio ni apto para integrar jurisprudencia, toda vez que en este caso no se actualizan los supuestos previstos en el punto 11 del capítulo primero del título cuarto del Acuerdo Número 5/2003 del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de veinticinco de marzo de dos mil tres, relativo a las Reglas para la elaboración, envío y publicación de las tesis que emiten los órganos del Poder Judicial de la Federación, y para la verificación de la existencia y aplicabilidad de la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte .

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