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I.3o.C.548 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y DEL ESTADO. DEBE EJERCERSE EN CONTRA DE AMBOS LA DEMANDA RESPECTIVA (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Mayo de 2006; Pág. 1865

Precedentes

Amparo directo 28/2006. Marco Antonio Vizcaya Verduzco. 2 de marzo de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Alfaro Telpalo, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Jorge Sánchez Alcántara. Notas: Esta tesis se aparta del criterio sostenido por el propio tribunal en la diversa I.3o.C.276 C, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XV, enero de 2002, página 1345. Por ejecutoria de fecha 27 de junio de 2007, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 54/2007-PS en que participó el presente criterio.