Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/175022
I.11o.C.29 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
175022
Clave de tesis
I.11o.C.29 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Mayo de 2006; Pág. 1850

PRUEBA TESTIMONIAL EN EL JUICIO DE AMPARO. NO PUEDE DECLARARSE DESIERTA POR INASISTENCIA DE LOS TESTIGOS, FUERA DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Mayo de 2006; Pág. 1850

Precedentes

Queja 9/2006. Antonio Ibarra Rodríguez. 2 de marzo de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: María Concepción Alonso Flores. Secretaria: Leticia Jarillo Gama. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 55/2008-PL resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 125/2009, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, marzo de 2010, página 591, con el rubro: " PRUEBA TESTIMONIAL EN EL JUICIO DE AMPARO. SU DESERCIÓN, POR INASISTENCIA DE LOS TESTIGOS, ÚNICAMENTE DEBE DECLARARSE DENTRO DE LA ETAPA DE PRUEBAS DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL ."

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia común

Registro digital (IUS): 175022