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1a./J. 183/2005Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común
Registro digital (IUS)
175787
Clave de tesis
1a./J. 183/2005
Tipo
Jurisprudencia
Época
9a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Común
Fuente
[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Febrero de 2006; Pág. 497

REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO EN EL AMPARO. DEBE ORDENARSE SÓLO RESPECTO DEL DICTADO DE LA SENTENCIA CUANDO LA AUDIENCIA LA PRESIDIÓ EL JUEZ DE DISTRITO, PERO AQUÉLLA LA DICTÓ EL SECRETARIO ENCARGADO DEL DESPACHO EN AUSENCIA DEL TITULAR.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Febrero de 2006; Pág. 497

Precedentes

Contradicción de tesis 103/2005-PS. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, el Segundo Tribunal Colegiado del Noveno Circuito y el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito (actualmente Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito). 23 de noviembre de 2005. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: Andrea Nava Fernández del Campo. Tesis de jurisprudencia 183/2005. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha treinta de noviembre de dos mil cinco.

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