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P./J. 125/2005Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa
Registro digital (IUS)
176837
Clave de tesis
P./J. 125/2005
Tipo
Jurisprudencia
Época
9a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Administrativa
Fuente
[J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Octubre de 2005; Pág. 9

RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. LAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, VIGENTE HASTA EL TRECE DE MARZO DE DOS MIL DOS EN EL ÁMBITO FEDERAL, DEBEN SEGUIRSE APLICANDO POR LOS HECHOS REALIZADOS DURANTE SU VIGENCIA.

[J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Octubre de 2005; Pág. 9

Precedentes

Contradicción de tesis 55/2004-PL. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Tercero y Segundo, ambos del Vigésimo Tercer Circuito, Primero, Octavo y Décimo, todos en Materia Administrativa del Primer Circuito. 23 de agosto de 2005. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sergio Salvador Aguirre Anguiano, José de Jesús Gudiño Pelayo, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Sergio A. Valls Hernández y Presidente Mariano Azuela Güitrón. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Óscar Zamudio Pérez. El Tribunal Pleno, el once de octubre en curso, aprobó, con el número 125/2005, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a once de octubre de dos mil cinco.

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