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1a. CXXIV/2005Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común
Registro digital (IUS)
176860
Clave de tesis
1a. CXXIV/2005
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Octubre de 2005; Pág. 703

RECLAMACIÓN. SON INOPERANTES LOS AGRAVIOS FORMULADOS POR EL MINISTERIO PÚBLICO SI NO SEÑALAN LAS VIOLACIONES A LA LEY EN QUE SE INCURRIÓ EN EL AUTO COMBATIDO Y QUE CONCIERNEN A LOS DERECHOS CUYA TITULARIDAD LE CORRESPONDE.

[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Octubre de 2005; Pág. 703

Precedentes

Reclamación 216/2005-PL. Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita al Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito. 10 de agosto de 2005. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: Miguel Bonilla López.

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