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I.8o.A.68 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

ADMINISTRADORES DE ADUANAS. PUEDEN SER SUPLIDOS EN SUS AUSENCIAS POR LOS JEFES DE DEPARTAMENTO QUE DE ELLOS DEPENDAN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Octubre de 2005; Pág. 2288

Precedentes

Revisión fiscal 319/2004. Administrador Local Jurídico del Norte del Distrito Federal, en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público, del Servicio de Administración Tributaria y de la Jefa de Departamento de Control de Trámites y Asuntos Legales de la Aduana de México. 20 de enero de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Clementina Flores Suárez. Secretario: David Tagle Islas. Revisión fiscal 88/2005. Administrador Local Jurídico del Norte del Distrito Federal, unidad administrativa encargada de la defensa jurídica del Secretario de Hacienda y Crédito Público y del Administrador de la Aduana de México. 29 de abril de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Adriana Leticia Campuzano Gallegos. Secretaria: Rebeca Nieto Chacón. Revisión fiscal 117/2005. Administrador Local Jurídico del Norte del Distrito Federal, unidad administrativa encargada de la defensa jurídica del Secretario de Hacienda y Crédito Público y del Administrador de la Aduana de México. 29 de abril de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Adriana Leticia Campuzano Gallegos. Secretaria: Marlen Ramírez Marín.