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VI.3o.A. J/45 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN. EL JUICIO DE NULIDAD FISCAL CONTRA SUS ACTOS RESULTA IMPROCEDENTE SI NO SE ENDEREZA CONTRA LA RESOLUCIÓN CON QUE CULMINA.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Abril de 2005; Pág. 1276

Precedentes

Revisión fiscal 111/2004. Administradora Local Jurídica de Puebla Sur. 26 de agosto de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. del Pilar Núñez González. Secretaria: Mercedes Ortiz Xilotl. Revisión fiscal 164/2004. Administradora Local Jurídica de Puebla Sur. 9 de diciembre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Rojas Fonseca. Secretario: Juan Carlos Ríos López. Revisión fiscal 24/2005. Administradora Local Jurídica de Puebla Sur. 24 de febrero de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Raúl Oropeza García. Secretario: Alejandro Ramos García. Revisión fiscal 32/2005. Administradora Local Jurídica de Puebla Sur. 3 de marzo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Raúl Oropeza García. Secretario: Alejandro Ramos García. Revisión fiscal 33/2005. Administradora Local Jurídica de Puebla Sur. 3 de marzo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Rojas Fonseca. Secretario: Juan Carlos Ríos López. Notas: Esta tesis contendió en la contradicción 76/2005-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 109/2005, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, noviembre de 2005, página 48, con el rubro: " EJECUCIÓN EN MATERIA FISCAL. CONTRA LOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO PROCEDE EL JUICIO DE NULIDAD ." Por ejecutoria de fecha 10 de febrero de 2006, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 217/2005-SS en que participó el presente criterio.

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