V.4o. J/2 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
ESTÍMULO FISCAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 7o., FRACCIÓN IV, DE LA LEY DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE INGRESOS PARA EL ESTADO DE SONORA, VIGENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL CUATRO. NO SE RIGE BAJO LOS PRINCIPIOS REGULADORES DE LAS CONTRIBUCIONES A QUE ALUDE EL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN IV, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, AL SER UN SUBSIDIO.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Enero de 2005; Pág. 1588
El estímulo fiscal previsto en el artículo
7o., fracción IV, de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Estado de Sonora
, vigente para el ejercicio fiscal dos mil cuatro, no se rige bajo los principios de proporcionalidad y equidad tributarios previstos en el artículo
31, fracción IV, de la Constitución Federal
, en virtud de que es un subsidio que no puede ser catalogado como un impuesto, contribución especial, derecho o accesorio de éstos, a que se refiere el artículo
2o. del Código Fiscal del Estado de Sonora
, que deban soportar en su peculio los contribuyentes que encuadren en el mismo, sino, como en el propio precepto en cita se establece, tiene el carácter de un estímulo fiscal que corre a cargo del Estado, con el propósito de incrementar los ingresos disponibles de las sociedades de responsabilidad limitada de interés público y capital variable, y de los organismos auxiliares de cooperación que realicen actividades de interés público, en beneficio colectivo, los cuales tienen la obligación de cumplir con las contraprestaciones parafiscales que han adquirido con el Estado, como contraprestación del beneficio.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 127/2004. Visión Corporativa, S.A. de C.V. 6 de septiembre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Evaristo Coria Martínez. Secretaria: Carmen Alicia Bustos Carrillo.
Amparo en revisión 36/2004. Camiones del Noroeste, S.A. de C.V. 27 de septiembre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Óscar Javier Sánchez Martínez. Secretario: Alfredo Manuel Bautista Encina.
Amparo en revisión 128/2004. Barrier Wear de México, S.A. de C.V. 11 de octubre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Federico Rodríguez Celis. Secretaria: Brenda Maritza Zárate López.
Amparo en revisión 164/2004. Autos Kino, S.A de C.V. 11 de octubre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Federico Rodríguez Celis. Secretaria: Brenda Maritza Zárate López.
Amparo en revisión 257/2004. Agropecuaria Terranova, S.A. de C.V. 11 de octubre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Federico Rodríguez Celis. Secretaria: Brenda Maritza Zárate López.
Nota: El Tribunal Colegiado se apartó del criterio sostenido en esta tesis, según se desprende de la que con el número V.2o.P.A.15 A, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVIII, octubre de 2008, página 2362, de rubro: "
ESTÍMULOS FISCALES. CUANDO INCIDAN EN LA OBLIGACIÓN SUSTANTIVA RELATIVA AL PAGO DE LA CONTRIBUCIÓN, LES SON APLICABLES LOS PRINCIPIOS TRIBUTARIOS DE PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD CONTENIDOS EN EL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN IV, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL
."