VIII.4o.10 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
CONTESTACIÓN DE AGRAVIOS. AUNQUE NO FORMA PARTE DE LA LITIS DE SEGUNDA INSTANCIA, DEBE ESTUDIARSE CUANDO EL CONTRAAPELANTE ESGRIME CUESTIONES DE ORDEN PÚBLICO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE COAHUILA).
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Noviembre de 2004; Pág. 1942
Si bien es cierto que, en principio, lo manifestado en el escrito de contestación de agravios (que no es lo mismo que la apelación adhesiva) no forma parte de la litis de segunda instancia, según se deduce del artículo
881, fracciones I y V, del Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
y, por ende, el tribunal de alzada no está obligado a dar respuesta de manera expresa a los planteamientos que en él se exponen, también lo es que dicha regla no resulta aplicable cuando el contraapelante esgrime cuestiones de orden público y que, por tanto, deben analizarse de oficio, más aún cuando las partes las proponen.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 290/2003. Banca Serfín, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Serfín. 2 de septiembre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Antonio Pescador Cano. Secretario: Ángel Rodríguez Maldonado.