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II.2o.C.481 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN Y DEPURACIÓN PROCESAL. LA SOLA ASISTENCIA DEL REPRESENTANTE COMÚN DE LOS CODEMANDADOS, SIN FACULTADES PARA TRANSIGIR, DESISTIR Y COMPROMETERSE EN ÁRBITROS, SIN ESTAR PRESENTES ÉSTOS, AMERITA LA IMPOSICIÓN DE MULTA, POR SER IMPOSIBLE ASÍ CONCILIAR A LAS PARTES (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Noviembre de 2004; Pág. 1924

Precedentes

Amparo en revisión 229/2004. Margarita Piña Jacobo y otro. 7 de septiembre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Virgilio A. Solorio Campos. Secretaria: Sonia Gómez Díaz González.

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