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I.7o.A.309 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. CONTRA LAS DETERMINACIONES ADOPTADAS EN MATERIA DE RESPONSABILIDADES DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS, RESULTA IMPROCEDENTE EL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Agosto de 2004; Pág. 1702

Precedentes

Queja 247/2004. Contralor Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. 26 de mayo de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Gustavo Naranjo Espinosa. Nota: Por ejecutoria del 19 de septiembre de 2017, el Pleno en Materia Administrativa del Primer Circuito declaró inexistente la contradicción de tesis 56/2016 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.