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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 13 de julio de 2005, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 10/2005-PS en que participó el presente criterio.

XVI.5o.8 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
Registro digital (IUS)
180859
Clave de tesis
XVI.5o.8 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Penal
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Agosto de 2004; Pág. 1624

LIBERTAD PROVISIONAL BAJO CAUCIÓN. EL ARTÍCULO 20, APARTADO A, FRACCIÓN I, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL FACULTA AL JUEZ INSTRUCTOR PARA MODIFICAR SU MONTO AL PREVER COMO CONDICIÓN INELUDIBLE PARA LA PROCEDENCIA DE DICHO DERECHO GARANTIZAR EL PAGO DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS, AUN CUANDO NO SE HAYA DICTADO SENTENCIA QUE ESTABLEZCA EN DEFINITIVA LA CULPABILIDAD DEL ACUSADO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Agosto de 2004; Pág. 1624

Precedentes

Amparo en revisión 360/2003. 15 de enero de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Lorenzo Palma Hidalgo. Secretario: Martín Mayorquín Trejo. Nota: Por ejecutoria de fecha 13 de julio de 2005, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 10/2005-PS en que participó el presente criterio.

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Registro digital (IUS): 180859