1a./J. 19/2004Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional
RENTA. LA CIRCUNSTANCIA DE QUE EL PERIODO DE SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN EN QUE SE APROBÓ EL DECRETO QUE CONTIENE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO SE HAYA EXTENDIDO HASTA EL 1o. DE ENERO DE 2002, NO TRASCIENDE A LA CONSTITUCIONALIDAD DEL PROCESO LEGISLATIVO RESPECTIVO.
[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Abril de 2004; Pág. 362
El artículo
67 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, que prevé la posibilidad de que el Congreso de la Unión se reúna en sesiones extraordinarias, no exige que dichas sesiones deban concluir en determinado plazo. En ese sentido, no trasciende a la constitucionalidad del proceso legislativo el hecho de que el periodo extraordinario de sesiones en el que se aprobó el decreto que contiene la Ley del Impuesto sobre la Renta que entró en vigor a partir del 1o. de enero de 2002 se haya extendido hasta esta fecha si, conforme a la convocatoria respectiva, tal periodo inició el 20 de diciembre de 2001 y su clausura se verificó una vez que cada Cámara determinó que habían sido tratados los temas para los que fueron convocadas, lo que sucedió en la primera fecha mencionada.
Precedentes
Amparo en revisión 643/2003. Jorisa, S.A. de C.V. y otra. 15 de octubre de 2003. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juan N. Silva Meza. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretaria: Rosaura Rivera Salcedo.
Amparo en revisión 319/2002. Mannessmann, S.A. de C.V. y otras. 5 de noviembre de 2003. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Humberto Román Palacios. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: Teódulo Ángeles Espino.
Amparo en revisión 223/2002. Valeo Térmico, S.A. de C.V. y otras. 5 de noviembre de 2003. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Humberto Román Palacios. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: Teódulo Ángeles Espino.
Amparo en revisión 1155/2003. Samsonite México, S.A. de C.V. 5 de noviembre de 2003. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Humberto Román Palacios. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: Teódulo Ángeles Espino.
Amparo en revisión 1028/2003. Corporativo Grupo Tampico, S.A. de C.V. y otras. 5 de noviembre de 2003. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Humberto Román Palacios. Ponente: Humberto Román Palacios; en su ausencia hizo suyo el asunto Juan N. Silva Meza. Secretario: Enrique Luis Barraza Uribe.
Tesis de jurisprudencia 19/2004. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de treinta y uno de marzo de dos mil cuatro.