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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 23 de mayo de 2007, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 112/2006-PS en que participó el presente criterio.

IV.1o.P.11 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
Registro digital (IUS)
181835
Clave de tesis
IV.1o.P.11 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Penal
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Marzo de 2004; Pág. 1630

SUSPENSIÓN. ES IMPROCEDENTE CONTRA EL AUTO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA LIBERTAD PROVISIONAL BAJO CAUCIÓN Y FIJA FIANZA, POR NO EXISTIR BASE LEGAL PARA CONCEDERLA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Marzo de 2004; Pág. 1630

Precedentes

Queja 2/2004. 6 de enero de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: María Luisa Martínez Delgadillo. Secretario: Jorge Antonio Medina Gaona. Nota: Por ejecutoria de fecha 23 de mayo de 2007, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 112/2006-PS en que participó el presente criterio.

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Registro digital (IUS): 181835