X.1o.62 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
OFRECIMIENTO DE TRABAJO. NO DEBE CONSIDERARSE DE MALA FE SI EL TRABAJADOR ES REINSTALADO Y EN EL MISMO PROCEDIMIENTO ARGUMENTA QUE FUE DESPEDIDO AL RETIRARSE EL ACTUARIO, PUES DICHA CIRCUNSTANCIA DEBE SER MATERIA DE UN NUEVO JUICIO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Marzo de 2004; Pág. 1589
Es incorrecto el proceder de la Junta responsable al considerar de mala fe el ofrecimiento del trabajo, con el argumento de que el trabajador fue despedido del lugar en que labora al retirarse el actuario que realizó la reinstalación, porque para determinar la mala fe del ofrecimiento de trabajo indebidamente tomó en cuenta los hechos constitutivos de este segundo despido, no obstante que por haber tenido lugar con posterioridad a la audiencia de ley, etapa de demanda y excepciones, no formaba parte de la litis del despido alegado por el trabajador en su demanda inicial; en consecuencia, por simple lógica es de considerarse que los hechos que originaron el segundo despido deben ser materia de un nuevo juicio, para dar oportunidad a la demandada de defenderse, y así, con respeto a su garantía de audiencia, resolver en el momento oportuno sobre esos hechos; por tanto, al determinar la Junta responsable de mala fe el ofrecimiento de trabajo que la patronal le hizo al actor por esa causa, violó en su perjuicio los artículos
14
y
16 constitucionales
.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 319/2003. Proveedora de Materiales Buenavista, S.A. de C.V. 22 de septiembre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: René Silva de los Santos. Secretario: Sergio Armando Martínez Vidal.
Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo X, octubre de 1999, página 1313, tesis XIV.2o.30 L, de rubro: "
OFRECIMIENTO DE TRABAJO. SU CALIFICACIÓN CUANDO EN EL PROPIO JUICIO SE TIENE NOTICIA DE UN SEGUNDO DESPIDO POSTERIOR A LA REINSTALACIÓN DEL TRABAJADOR
."
Nota: Esta tesis contendió en la
contradicción 32/2007-SS
resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 93/2007, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, mayo de 2007, página 989, con el rubro: "
OFRECIMIENTO DE TRABAJO. SU CALIFICACIÓN CUANDO EN EL PROPIO JUICIO SE AFIRMA UN SEGUNDO DESPIDO POSTERIOR A LA REINSTALACIÓN DEL TRABAJADOR
."