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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 14 de febrero de 2007, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 129/2006-PS en que participó el presente criterio.

II.2o.P. J/11 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Penal
Registro digital (IUS)
182088
Clave de tesis
II.2o.P. J/11
Tipo
Jurisprudencia
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Penal
Fuente
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Febrero de 2004; Pág. 947

ROBO. LA PENALIDAD APLICABLE EN CASO DE INDETERMINACIÓN DEL MONTO DEL OBJETO DEL DELITO POR CAUSAS AJENAS A LA IMPOSIBILIDAD EMANADA DE SU PROPIA NATURALEZA, ATENTO EL PRINCIPIO DE LO MÁS FAVORABLE AL REO, ES LA PREVISTA EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 289 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE MÉXICO.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Febrero de 2004; Pág. 947

Precedentes

Amparo directo 284/2003. 12 de junio de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: José Nieves Luna Castro. Secretaria: Raquel Mora Rodríguez. Amparo directo 378/2003. 21 de agosto de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: José Nieves Luna Castro. Secretaria: Raquel Mora Rodríguez. Amparo directo 554/2003. 10 de octubre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: José Nieves Luna Castro. Secretaria: Raquel Mora Rodríguez. Amparo directo 673/2003. 6 de noviembre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: José Nieves Luna Castro. Secretaria: Raquel Mora Rodríguez. Amparo directo 722/2003. 6 de noviembre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: José Nieves Luna Castro. Secretaria: Raquel Mora Rodríguez. Nota: Por ejecutoria de fecha 14 de febrero de 2007, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 129/2006-PS en que participó el presente criterio.

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