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IV.3o.C.22 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
182755
Clave de tesis
IV.3o.C.22 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Noviembre de 2003; Pág. 1025

SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO. PARA CALCULAR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS AL FIJAR LA GARANTÍA RELATIVA, NO ES APLICABLE EL INTERÉS LEGAL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 17 BIS, PÁRRAFO SEGUNDO, DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, SINO EL DIVERSO 2289 DEL CITADO ORDENAMIENTO LEGAL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Noviembre de 2003; Pág. 1025

Precedentes

Queja 22/2003. Instituto del Rey, A.C. 15 de mayo de 2003. Mayoría de votos. Disidente: Enrique Munguía Padilla. Ponente: Pedro Pablo Hernández Lobato. Secretario: Moisés Vázquez Díaz.

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