Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/183110

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 23 de junio de 2006, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 96/2006-SS en que participó el presente criterio.

I.4o.A.404 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
183110
Clave de tesis
I.4o.A.404 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Octubre de 2003; Pág. 919

CONSEJO DE INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL. EL JUICIO DE AMPARO ES IMPROCEDENTE EN CONTRA DE LA CONVOCATORIA PARA PRESENTAR A SUS MIEMBROS O DE CUALQUIER OTRO ACTO CONDUCENTE A LA ELECCIÓN, SUSPENSIÓN O REMOCIÓN DE FUNCIONARIOS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Octubre de 2003; Pág. 919

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 425/2003. Manuel Huacuja Martínez. 10 de septiembre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Jean Claude Tron Petit. Secretaria: Alma Margarita Flores Rodríguez. Nota: Por ejecutoria de fecha 23 de junio de 2006, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 96/2006-SS en que participó el presente criterio.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia administrativa

Registro digital (IUS): 183110