III.2o.T. J/2 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Laboral
COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS PLANTEADOS CONTRA LA DEPENDENCIA RELATIVA POR UN POLICÍA MUNICIPAL EN EL ESTADO DE JALISCO, CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS. CORRESPONDE POR AFINIDAD AL TRIBUNAL DE LO ADMINISTRATIVO DE ESA ENTIDAD FEDERATIVA.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Octubre de 2003; Pág. 752
Jurisprudencialmente el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que la relación jurídica entre los miembros o agentes de instituciones policiales o cuerpos de seguridad pública con el Gobierno de un Estado o Municipio es de carácter administrativo y se rige por las normas administrativas de la ley y reglamentos que les correspondan, por lo que aun cuando las disposiciones legales que regulan la competencia del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco no establezcan con precisión la competencia para que éste conozca de una demanda promovida en contra de un Ayuntamiento por un elemento de seguridad como los mencionados, que labora o laboró en el mismo, reclamando conceptos derivados de esa relación jurídica, debe establecerse que la competencia recae en dicho tribunal, con el fin de no hacer nugatorio el derecho contenido en el
segundo párrafo del artículo 17 constitucional
, que consagra la garantía de que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia, por ser ese tribunal administrativo, de acuerdo a las facultades de que está investido, el más afín para conocer de la demanda en cuestión.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Competencia 1/2002. Suscitada entre el Tribunal de Arbitraje y Escalafón y la Quinta Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo, ambos del Estado de Jalisco. 15 de marzo de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Gómez Ávila. Secretario: José Ignacio Rodríguez Sánchez.
Competencia 6/2003. Suscitada entre el Tribunal de Arbitraje y Escalafón y la Cuarta Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo, ambos del Estado de Jalisco. 6 de mayo de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso M. Cruz Sánchez. Secretario: Cuauhtémoc Montejo Rosas.
Competencia 20/2003. Suscitada entre el Tribunal de Arbitraje y Escalafón y la Quinta Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo, ambos del Estado de Jalisco. 12 de mayo de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso M. Cruz Sánchez. Secretario: Cuauhtémoc Montejo Rosas.
Competencia 46/2003. Suscitada entre el Tribunal de Arbitraje y Escalafón y la Sexta Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo, ambos del Estado de Jalisco. 30 de junio de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso M. Cruz Sánchez. Secretario: Dante Omar Rodríguez Meza.
Competencia 25/2003. Suscitada entre el Tribunal de Arbitraje y Escalafón y la Cuarta Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo, ambos del Estado de Jalisco. 4 de julio de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Gómez Ávila. Secretario: Marco Antonio López Jardines.
Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo II, diciembre de 1995, página 290, tesis 2a./J. 77/95, de rubro: "
COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS SUSCITADOS CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE POLICÍAS MUNICIPALES Y JUDICIALES DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO Y SUS MUNICIPIOS, CON LAS DEPENDENCIAS DE SEGURIDAD RESPECTIVAS. CORRESPONDE, POR AFINIDAD, AL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO
."
Nota: Esta tesis contendió en la
contradicción 24/2004-SS
resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 77/2004, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XX, julio de 2004, página 428, con el rubro: "
SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO. DE LOS CONFLICTOS SUSCITADOS CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SUS AGENTES CORRESPONDE CONOCER, POR AFINIDAD, AL TRIBUNAL DE LO ADMINISTRATIVO
."