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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/183314

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 9 de junio de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 156/2003-PS en que participó el presente criterio.

IV.2o.P.13 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
Registro digital (IUS)
183314
Clave de tesis
IV.2o.P.13 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Penal
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Septiembre de 2003; Pág. 1361

COPIAS EN LA AVERIGUACIÓN PREVIA. LA NEGATIVA DE LA AUTORIDAD INVESTIGADORA DE EXPEDIRLAS ES VIOLATORIA DE LA GARANTÍA DE DEFENSA ADECUADA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Septiembre de 2003; Pág. 1361

Precedentes

Amparo en revisión 70/2003. 30 de abril de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: José Roberto Cantú Treviño. Secretaria: Sofía Arredondo Morales. Nota: Por ejecutoria de fecha 9 de junio de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 156/2003-PS en que participó el presente criterio.

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