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III.2o.A.106 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS DE IMPUESTOS. EL REQUISITO DE QUE SE PRESENTEN ANTES DE QUE LAS AUTORIDADES FISCALES INICIEN FACULTADES DE COMPROBACIÓN, OPERA TAMBIÉN RESPECTO DE OTROS EJERCICIOS DIVERSOS AL REVISADO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Enero de 2003; Pág. 1757

Precedentes

Revisión fiscal 10/2002. Administrador Local Jurídico de Zapopan, en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público, del Presidente del Servicio de Administración Tributaria y de la autoridad demandada. 25 de octubre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo de León Márquez, secretario de tribunal autorizado por el Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Víctor Manuel López García.

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