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1a./J. 62/2002 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común
Registro digital (IUS)
185791
Clave de tesis
1a./J. 62/2002
Tipo
Jurisprudencia
Época
9a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Común
Fuente
[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Octubre de 2002; Pág. 5

CONTRADICCIÓN DE TESIS ENTRE TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO. DEBE DECLARARSE INEXISTENTE SI UNO DE ELLOS DEJA DE SOSTENER EL CRITERIO QUE SE ESTIMA OPUESTO AL DEL DIVERSO ÓRGANO COLEGIADO CONTENDIENTE.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Octubre de 2002; Pág. 5

Precedentes

Contradicción de tesis 21/99-PS. Entre las sustentadas por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito y el Cuarto Tribunal Colegiado de la misma materia y circuito. 25 de agosto de 1999. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: Ismael Mancera Patiño. Contradicción de tesis 84/99-PS. Entre las sustentadas por el Primer y Tercer Tribunales Colegiados en Materia Civil del Sexto Circuito, y el Segundo Tribunal Colegiado de la misma materia y circuito. 5 de julio de 2000. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Humberto Román Palacios; en su ausencia hizo suyo el asunto Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ponente: Humberto Román Palacios. Secretario: Marco Antonio Arredondo Elías. Contradicción de tesis 56/2000-PS. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito y el Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito. 10 de enero de 2001. Cinco votos. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: Javier Carreño Caballero. Contradicción de tesis 73/2000-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero en Materia Civil del Tercer Circuito, Segundo en Materia Civil del Séptimo Circuito, Primero del Décimo Primer Circuito, Primero en Materias Civil y de Trabajo del Segundo Circuito, y Primero del Quinto Circuito. 4 de abril de 2001. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Humberto Román Palacios. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: Miguel Ángel Ramírez González. Contradicción de tesis 18/2000-PS. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito y el Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito. 27 de junio de 2001. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Humberto Román Palacios; en su ausencia hizo suyo el asunto Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ponente: Humberto Román Palacios. Secretario: Antonio Espinoza Rangel. Tesis de jurisprudencia 62/2002. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de veinticinco de septiembre de dos mil dos, por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: presidente Juan N. Silva Meza, Juventino V. Castro y Castro, Humberto Román Palacios, José de Jesús Gudiño Pelayo y Olga Sánchez Cordero de García Villegas.

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