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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/186960

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 28 de septiembre de 2016, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 204/2015 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

II.T.224 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
Registro digital (IUS)
186960
Clave de tesis
II.T.224 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Laboral
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Mayo de 2002; Pág. 1208

DEMANDA LABORAL IRREGULAR. NO LO ES LA QUE SEÑALA UNA FECHA DE DESPIDO QUE SE UBICA FUERA DE LA JORNADA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Mayo de 2002; Pág. 1208

Precedentes

Amparo directo 882/2001. Celia Juárez Ramírez. 31 de enero de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Alejandro Sosa Ortiz. Secretaria: Rosario Moysen Chimal. Nota: Por ejecutoria del 28 de septiembre de 2016, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 204/2015 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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Registro digital (IUS): 186960