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I.3o.C.285 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

RESOLUCIONES UNITARIAS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. NO VIOLAN LA GARANTÍA DE IRRETROACTIVIDAD EN LA APLICACIÓN DE LA LEY, AUNQUE SE REFIERAN A ASUNTOS NACIDOS BAJO LA VIGENCIA DE LA LEY ORGÁNICA ABROGADA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Febrero de 2002; Pág. 922

Precedentes

Amparo en revisión 5083/2001. Compañía Azucarera del Ingenio Bellavista, S.A. de C.V. 4 de octubre de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Armando Cortés Galván. Secretario: José Álvaro Vargas Ornelas.