X.1o.56 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
PRUEBA TESTIMONIAL EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. CASO EN QUE ES INDEBIDA SU DESERCIÓN POR FALTA DE RATIFICACIÓN DE LA CONSTANCIA MÉDICA QUE JUSTIFICA LA AUSENCIA DE LOS TESTIGOS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Diciembre de 2001; Pág. 1786
Si la parte actora aportó los certificados médicos expedidos por facultativo, con la intención de justificar la incomparecencia de los testigos ofrecidos, y la Junta responsable le fijó un término para que presentara a dicho profesionista a ratificar los certificados médicos, apercibiéndolo que de no hacerlo se declararía la deserción de la prueba, pero una vez transcurrido dicho término no lo presentó y por eso se declaró desierta la prueba en cuestión, no obstante que su oferente señaló domicilio de dicho profesionista con el fin de que fuera citado a comparecer a ratificar los certificados de mérito, la Junta responsable actuó en forma incorrecta e incurrió en una violación al procedimiento, ya que debió requerir en ese domicilio al facultativo para el fin indicado, sin embargo, su omisión dejó en estado de indefensión al quejoso, con trascendencia al resultado del laudo impugnado, conforme a lo dispuesto por el artículo
159, fracción III, de la Ley de Amparo
y ello amerita reponer el procedimiento para el fin citado.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 54/2001. José Luis Pérez Trujillo. 21 de junio de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Alejandro Navarro Suárez. Secretario: Stalin Rodríguez López.