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VII.3o.C.23 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

ALIMENTOS. EL MONTO DE LA PENSIÓN EN PORCENTAJE DEBE ESTABLECERSE CON BASE EN LA TOTALIDAD DE LAS PERCEPCIONES DEL DEUDOR (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Diciembre de 2001; Pág. 1683

Precedentes

Amparo directo 107/2001. Teresa Ávila Martínez. 7 de mayo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Adrián Avendaño Constantino. Secretario: Arnulfo Joachin Gómez.

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