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VI.1o.P.138 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

IMPOSICIÓN DE LAS SANCIONES. DEBERÁN SER PROPORCIONALES AL GRADO DE PELIGROSIDAD APRECIADO POR EL JUZGADOR.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Octubre de 2001; Pág. 1129

Precedentes

Amparo directo 244/2001. 21 de junio de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Remes Ojeda. Secretario: Óscar Espinosa Durán.

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