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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 2 de julio de 2008, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 73/2008-SS en que participó el presente criterio.

I.13o.A.34 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
188959
Clave de tesis
I.13o.A.34 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Agosto de 2001; Pág. 1412

REVISIÓN FISCAL. CASO EN QUE NO SE ACTUALIZA LA HIPÓTESIS DEL ARTÍCULO 25 DE LA LEY DE AMPARO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Agosto de 2001; Pág. 1412

Precedentes

Reclamación 3/2001. Mexicana de Presfuerzos, S.A. de C.V. 26 de marzo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Luz Cueto Martínez. Secretario: José Antonio García Ochoa. Nota: Por ejecutoria de fecha 2 de julio de 2008, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 73/2008-SS en que participó el presente criterio.

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