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I.3o.C.249 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

MEDIDAS PRECAUTORIAS. PROCEDE SU REVOCACIÓN, MODIFICAClÓN O NULIFICACIÓN, MEDIANTE LA RECLAMACIÓN QUE SE TRAMITA EN FORMA INCIDENTAL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Agosto de 2001; Pág. 1363

Precedentes

Amparo en revisión 423/2001. Retardadores Goros Lotu, S.A. de C.V. y otros. 8 de marzo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Neófito López Ramos. Nota: Por ejecutoria de fecha 10 de septiembre de 2008, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 62/2008-PS en que participó el presente criterio, al considerar que el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito interrumpió su criterio y adoptó el del Quinto Tribunal Colegido contendiente.

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