I.11o.C.8 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
PRUEBA CONFESIONAL. CITADO EL ABSOLVENTE NO PROCEDE DIFERIR LA AUDIENCIA PARA SU DESAHOGO POR FALTA DE PRESENTACIÓN DEL PLIEGO DE POSICIONES.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Junio de 2001; Pág. 743
Conforme a lo dispuesto en los artículos 961, fracción II y 299 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, por regla general, en los juicios sobre arrendamiento inmobiliario, la audiencia de ley no puede diferirse ni suspenderse por falta de preparación de las pruebas admitidas, pues ésta se llevará a cabo sólo en relación con aquellas que se encuentren debidamente preparadas, dejándose de recibir las que no lo estén, declarándose desiertas por causas imputables a su oferente. Luego entonces, es claro que si el oferente de la prueba confesional no exhibió el pliego de posiciones respectivo y se citó al absolvente de dicha prueba y no obstante ello no compareció, debe declararse desierta con apoyo en los artículos citados, por causas imputables a su oferente, pues no existe motivo legal alguno que permita diferir la audiencia de ley para desahogarla en otro momento.
DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 287/2000. Grupo Siglo XXI, Comunicación y Periodismo, S.A. 30 de agosto de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: María Cristina Pardo Vizcaíno de Macías. Secretario: Fernando Rangel Ramírez.