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VI.1o.A. J/17 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

AGRAVIOS EN LA REVISIÓN FISCAL, SON INOPERANTES LOS FORMULADOS EN CONTRA DEL FONDO DEL ASUNTO, SI PARA RESOLVERLO LA SALA FISCAL INTRODUJO ARGUMENTOS NO PROPUESTOS POR LAS PARTES, Y DICHA VIOLACIÓN FORMAL NO ES COMBATIDA EN LOS.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Mayo de 2001; Pág. 853

Precedentes

Revisión fiscal 68/2000. Subadministrador de lo Contencioso "2" de la Administración Local Jurídica de Ingresos de Puebla. 29 de noviembre de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Higuera Corona. Secretario: José Alberto Arriaga Farías. Revisión fiscal 119/2000. Subadministrador de lo Contencioso "2" de la Administración Local Jurídica de Ingresos de Puebla y otras. 31 de enero de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Javier Cárdenas Ramírez. Secretario: Gerardo Manuel Villar Castillo. Revisión fiscal 283/2000. Subadministrador de lo Contencioso "2" de la Administración Local Jurídica de Ingresos de Puebla. 5 de abril de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: José Alberto Arriaga Farías, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Revisión fiscal 197/2000. Director General de lo Contencioso y Consultivo de la Procuraduría General de la República. 18 de abril de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: José Alberto Arriaga Farías, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: María Elena Gómez Aguirre. Revisión fiscal 272/2000. Subadministrador de lo Contencioso "2" de la Administración Local Jurídica de Ingresos de Puebla. 25 de abril de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: José Alberto Arriaga Farías, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: María Elena Gómez Aguirre.

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