III.2o.T.34 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
OFRECIMIENTO DE TRABAJO. PRUEBA DOCUMENTAL CONSISTENTE EN DENUNCIA PRESENTADA POR EL PATRÓN EN CONTRA DEL TRABAJADOR. DEBE ADMITIRSE AUN CUANDO ESTE ÚLTIMO NO LA HAYA RELACIONADO CON LOS HECHOS DE SU DEMANDA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Marzo de 2001; Pág. 1781
Si de autos se desprende que la parte actora ofrece como prueba documental, las actuaciones derivadas de una denuncia penal presentada por el patrón en su contra, sin relacionarla con los hechos de su demanda por no haber sido parte de los mismos, la documental así ofrecida debe ser admitida por la Junta del conocimiento, en atención a que la misma puede influir en la calificación de buena o mala fe del ofrecimiento de trabajo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 597/99. Telecable de Manzanillo, S.A. de C.V. 18 de septiembre de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Gómez Ávila. Secretaria: Claudia Patricia Guerrero Vizcaíno.