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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 22 de noviembre de 2002, la Segunda Sala declaró sin materia la contradicción de tesis 109/2002-SS en que participó el presente criterio, en virtud de que la cuestión controvertida se encuentra definida en términos de los mismos preceptos legales que fueron reformados.

VIII.3o. J/4 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
190352
Clave de tesis
VIII.3o. J/4
Tipo
Jurisprudencia
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Febrero de 2001; Pág. 1643

ADMINISTRACIÓN LOCAL DE AUDITORÍA FISCAL. TIENE FACULTADES PARA ORDENAR Y PRACTICAR VISITAS DOMICILIARIAS EN MATERIA DE EXPEDICIÓN DE COMPROBANTES FISCALES.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Febrero de 2001; Pág. 1643

Precedentes

Revisión fiscal 270/2000. Administrador Local Jurídico de Ingresos de Torreón, Coahuila y otras. 24 de octubre de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Eduardo Alvarado Puente. Secretaria: Rocío Galván Salazar. Revisión fiscal 366/2000. Administrador Local Jurídico de Ingresos de Torreón, Coahuila y otras. 24 de octubre de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Eduardo Alvarado Puente. Secretaria: Rocío Galván Salazar. Revisión fiscal 390/2000. Administrador Local Jurídico de Ingresos de Torreón, en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público y otras. 24 de octubre de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Eduardo Alvarado Puente. Secretaria: Rocío Galván Salazar. Revisión fiscal 543/2000. Administrador Local Jurídico de Ingresos Número 15, de Torreón, Coahuila, en representación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y otras. 8 de enero de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Jesús Ponce Gamiño, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: Susana García Martínez. Revisión fiscal 615/2000. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 9 de enero de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Arroyo Montero. Secretaria: Lilian González Martínez. Nota: Por ejecutoria de fecha 22 de noviembre de 2002, la Segunda Sala declaró sin materia la contradicción de tesis 109/2002-SS en que participó el presente criterio, en virtud de que la cuestión controvertida se encuentra definida en términos de los mismos preceptos legales que fueron reformados.

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