I.3o.C.196 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
CHEQUE. CUANDO NO APARECE EXTENDIDO EN ESQUELETO DE LOS QUE EL LIBRADO PROPORCIONÓ AL LIBRADOR, ÉSTE PUEDE OBJETAR EL PAGO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XII, Septiembre de 2000; Pág. 720
Conforme al artículo
194 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
cuando el cheque aparezca extendido en esqueleto de los que el librado hubiere proporcionado al librador, éste sólo podrá objetar el pago, si la alteración o la falsificación fueren notorias, o si, habiendo perdido el esqueleto o el talonario, hubiere dado aviso oportuno de la pérdida al librado. En consecuencia, si el cheque no aparece extendido en esqueleto de los que el librado hubiere proporcionado al librador, éste puede objetar el pago, aunque la alteración o la falsificación no sean notorias, pues en este caso deja de ser relevante la notoriedad en la falsificación de la firma.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 10973/99. Manuel Rodríguez Rivas. 7 de abril de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Neófito López Ramos.