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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/191388

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 7 de agosto de 2019, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 137/2019 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

I.3o.C.186 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
191388
Clave de tesis
I.3o.C.186 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XII, Agosto de 2000; Pág. 1203

JURISDICCIÓN VOLUNTARIA, DILIGENCIAS DE. NO SON APTAS PARA ACREDITAR UN DERECHO SUSTANTIVO COMO EL CONCUBINATO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XII, Agosto de 2000; Pág. 1203

Precedentes

Amparo en revisión 3230/98. Otto Hranicka. 6 de abril de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Soledad Hernández de Mosqueda. Secretario: Hilario Salazar Zavaleta. Nota: Por ejecutoria del 7 de agosto de 2019, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 137/2019 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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